Amas de casa: así pueden acceder a una pensión de jubilación

Dedicarse al cuidado de los hijos y del hogar es un trabajo por el que no se cotiza. Pese a este esfuerzo, al carecer de contrato de trabajo durante largos periodos de su vida, las amas de casa llegan a la edad de jubilación sin haber cotizado o no durante el tiempo suficiente, y muchas se preguntan si aun así pueden tener derecho a pensión de jubilación.

Requisitos para optar a una pensión no contributiva

La pensión de jubilación no contributiva gestionada por el Imserso (Instituto de Mayores y Servicios Sociales) da cobertura a los mayores de 65 años que no hayan cotizado los 15 años mínimos para acceder a la jubilación contributiva. Eso sí, hay que tener en cuenta que las cuantías son bastante más reducidas y tendrán que cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener 65 años o más.
  • Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años entre los 16 años de edad y la fecha en la que se solicita la pensión. Se debe haber residido en España durante los dos años anteriores a la solicitud y de forma consecutiva.
  • No estar cobrando una pensión contributiva de invalidez o de viudedad.
  • Tener unos ingresos anuales inferiores a 5.639,20 euros.
  • Si la unidad doméstica está conformada por cónyuges o parientes de hasta segundo grado de consanguinidad, los ingresos totales no podrán superar los 9.586,64 euros anuales para dos personas, 13.534,08 euros para tres personas y 17.481,52 euros para cuatro personas.
  • Si la unidad familiar está formada por padres e hijos, los ingresos totales no podrán exceder los 23.966,60 euros anuales para dos personas, 33.835,20 euros para tres personas y 42.703,80 euros para cuatro personas.

Cuál es la cuantía de la pensión para amas de casa

Según informan desde el Imserso, este 2021 la cuantía de las pensiones no contributivas queda fijada en 5.639,20 euros anuales (402,80 euros mensuales) que se abonan en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año.

Pero esta prestación puede variar en función del número de beneficiarios que vivan en el mismo domicilio, de sus rentas personales y de las de su unidad económica de convivencia. No obstante, la cuantía no podrá ser inferior a la mínima del 25% de la establecida. Es decir, 1.409,80 euros anuales o 100,70 euros al mes.

Si todavia estás lejos de la jubilación existe otras opciones a tener en cuenta…

Renta Activa de Inserción (RAI), un programa de ámbito estatal para incrementar las oportunidades de retorno al mercado de trabajo de las personas trabajadoras desempleadas.

Para recibir esta ayuda deben estar en paro e inscritos como demandantes de empleo, y no tener derecho a la prestación contributiva ni al subsidio de desempleo. Además, tienen que ser menores de 65 años y no tener ingresos mensuales propios superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI).

La RAI se concede durante 11 meses como máximo y se cobra con efectos del día siguiente a la solicitud. La cuantía mensual es el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que este año se sitúa en 564,90 euros al mes (con 14 pagas al año). Hay una serie de colectivos que tienen derecho a ayudas complementarias a la cuantía ordinaria de la RAI, como las víctimas de violencia de género o en el hogar.

La RAI se puede solicitar en la sede electrónica del SEPE, en la oficina de prestaciones (una vez obtenida la cita previa en la sede electrónica), en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo.

Ingreso Mínimo Vital (IMV), se trata de una ayuda cuyo importe varía en función de las circunstancias económicas y familiares de cada hogar. En cualquier caso, garantiza unos ingresos mínimos mensuales que van de los 469,93 euros (para un adulto que viva solo) a los 1.033,85 euros (familias de dos adultos y tres o más niños o tres adultos y dos o más menores).

En la comunidad autónoma vasca es Lanbide quien se encarga del pago y complementa lo que corresponda según las mayores coberturas que ofrece la Renta de Garantía de Ingresos (RGI).
Por tanto, los perceptores de la RGI no tendrán que hacer nada para cobrar el IMV. Sin embargo, quienes cumplan los requisitos para percibir esta ayuda y no cobren la RGI sí deben solicitar la nueva prestación formalmente en las oficinas de Lanbide o a través de sus servicios telemáticos.