La sentencia del Juzgado de lo Social nº 6 de Valencia, dictada el pasado 1 de junio, ha supuesto que en Gestoría Rincón hayamos analizado sus repercusiones. En dicha sentencia, se estimó la demanda por despido improcedente presentada por un repartidor contra la empresa Roofoods Spain, titular de la plataforma virtual “Deliveroo”, dedicada a la comercialización, venta y entrega de comida preparada de restaurantes a domicilio o en oficinas de trabajo.
Los trabajadores de esta empresa estaban obligados a darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y en Hacienda, cuando en realidad ejercían como trabajadores por cuenta ajena, ya que se daban todas las circunstancias de un empleado contratado como tal.
Esta situación “irregular” en la que un trabajador del régimen general es contratado como autónomo, es conocida como “falso autónomo”.
Se trata de la persona que, a pesar de trabajar en una relación de dependencia para una única empresa, con todos los deberes y obligaciones que figuran en un contrato laboral, es obligada a darse de alta en régimen de autónomos. Este trabajador desempeña su actividad exclusivamente para la empresa, debiendo existir un contrato laboral y haber sido dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. En definitiva, trabaja como un asalariado pero está “contratado” como autónomo con todo lo que esto conlleva: seguir las directrices de la empresa para la que trabaja como lo haría un trabajador por cuenta ajena, y por tanto, convirtiéndose en un trabajador dependiente.
En Gestoría Rincón entendemos que cuando hablamos de “falso autónomo” estamos refiriéndonos a una relación laboral en fraude de ley que por supuesto puede originar graves consecuencias legales a las empresas infractoras.
Y es que emplear a falsos autónomos, es decir tener a estos trabajadores sin dar de alta en el Régimen General, incumple la ley laboral lo que supone que el empresario está cometiendo fraude laboral y conlleva una multa de entre 3.126 y 10.000€. Además, la Seguridad Social puede reclamar las cotizaciones de los últimos cuatro años junto al recargo correspondiente.
No caigas en la tentación de contratar “falsos autónomos”, ya que puede tener graves consecuencias económicas. Y como trabajador, no te dejes engañar por falsas oportunidades de trabajo.