El momento ideal para retirar el dinero de tu plan de pensiones

Un plan de pensiones es un producto que nos ayuda a ahorrar y conseguir rentabilidad para luego disfrutarlo en nuestra jubilación.

Los planes de pensiones funcionan básicamente realizando aportaciones periódicas o de forma puntual. En función de la política de inversión, el plan de pensiones invertirá en activos más conservadores o más arriesgados.

Según la normativa vigente, en 2.023 de forma individual podemos realizar una aportación máxima de hasta 1.500 € anuales, sin existir una aportación mínima. Las aportaciones realizadas durante el ejercicio reducirán la base imponible en la declaración de la renta.

En el momento del rescate, el titular obtiene el dinero que haya ido depositando desde la contratación del producto más el rendimiento que se haya generado.

¿Cuál es el mejor momento para recuperar lo invertido en tu plan de pensiones?

Existen diferentes supuestos para poder acceder al cobro de las prestaciones derivadas de un plan de pensiones, el más común será cuando se alcance la edad de jubilación, a partir de los 65 ó 67, aunque existan otras situaciones asimilables a la jubilación que también lo permiten.

No obstante, en los siguientes supuestos también se puede cobrar el plan de pensiones:

  • Por incapacidad permanente, certificada por un tribunal médico
  • Por situación de dependencia
  • Por desempleo, habiendo agotado cualquier subsidio público al que tuvo derecho.

Por otra parte, también existe la posibilidad de disponer de los fondos generados en un plan de pensiones y que entra en vigor a partir de 2.025, para aquellas aportaciones realizadas por el titular que tengan una antigüedad mínima de 10 años. Es decir, podrán ir recuperándose las aportaciones más antiguas y sus rendimientos de forma regular, antes de llegar a la edad de jubilación, siempre y cuando esta opción interese.

En caso fallecimiento del participe/titular de un plan de pensiones, aquellos beneficiarios que lo hereden, podrán disponer del capital que integrase el fondo.

¿Cómo y cuándo cobrar el plan de pensiones?

El momento de recuperar los fondos que constituyen el plan de pensiones dependerá de las necesidades y las circunstancias particulares de cada persona. No obstante, hay que valorar en cada caso si es el momento adecuado o la forma adecuada de recuperar el plan pues cada decisión va tener un determinado impacto fiscal.

El plan de pensiones al ser un producto de ahorro que reduce la base imponible de los rendimientos del trabajo, implica el pago de menos impuestos en el IRPF. No obstante, a la hora de recuperar los fondos, estos van a tributar en el impuesto al considerarlos como ingresos, Rendimientos del trabajo.

Todos sabemos que el impuesto de la renta es progresivo y por lo tanto, cuando más se ingrese más se paga.

Teniendo en cuenta este detalle, hay que pensar si nos conviene recuperar nuestro plan de pensiones en un determinado momento, o por lo contrario, nos interesa demorar su cobro. Recordar que no existe una fecha límite para cobrarlo e incluso, podríamos decidir no cobrarlo y dejarlo como herencia a nuestros beneficiarios.

La opción de cobrar el plan de pensiones de una sola vez, se conoce como cobro en forma de CAPITAL. Por el contrario podemos cobrarlo de forma periódica, en un determinado periodo, lo que conocemos como cobro en forma de RENTA. Y además, existe otra forma de cobro que sería la denominada MIXTA, es decir, una parte en forma de capital y el resto de forma periódica.

Si lo cobramos en forma de capital, toda la prestación se suma al resto de Rendimientos del Trabajo, lo que supondrá incrementar la base imposible y por tanto, más impuestos a pagar. Independientemente de que existen algunas reducciones en función del origen / inicio de las aportaciones realizadas al plan.

Si lo cobramos en forma de renta, eligiendo el tipo de renta que más nos convenga, así como el plazo. Es decir, programamos una serie de ingresos espaciados en el tiempo, y por tanto el tipo impositivo que se aplicará en cada declaración de la renta será menor. Al mismo tiempo, gestionaremos mejor todo el dinero ahorrado en el plan.

Si lo cobramos de forma mixta, cada apartado impactaría en el impuesto de la forma descrita anteriormente. Esta opción suele ser aconsejable, cuando una parte de la prestación del plan goza de las correspondientes reducciones fiscales, dejando el resto para constituir una renta y diferir el cobro en un determinado periodo de años.

Volviendo al momento, para determinados niveles de renta, siempre será aconsejable no precipitarse y querer cobrar el plan de pensiones en el mismo ejercicio que uno se jubile. Hay que analizar si en el ejercicio siguiente, el tipo impositivo del impuesto baja al adaptarse este a la nueva situación de jubilado.

 

 

 

 

 

 

 

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