Gestoría Rincón publicó anteriormente un artículo de La inflación y su impacto en el ahorro aconsejando a nuestros clientes a ahorrar. Hoy les ayudamos a diferenciar con nuestros asesores en seguros, los planes de pensiones y seguros de jubilación para llevar a cabo este objetivo.
Aunque ambos productos tienen el mismo objetivo, existen importantes diferencias, tanto en el perfil de ahorrador al que van dirigidos como el tratamiento fiscal.
El plan de pensiones es un producto de inversión a largo plazo, con ventajas fiscales en el origen y una necesidad de planificar el cobro de las prestaciones llegado el momento. El plan de jubilación es mucho más flexible, está basado en un seguro y además, dependiendo de la modalidad que se contrate también puede gozar de ventajas fiscales al final.
En la práctica todo trabajador debería ahorrar para la jubilación si quiere asegurarse una jubilación digna y complementaria a la pensión pública. La suma de las dos planteará una situación más holgada para hacer frente a las necesidades futuras tras finalizar la vida laboral.
Pero además, existen otros productos aptos para canalizar el ahorro y que debemos identificar antes de contratar, por ejemplo:
- los planes de previsión asegurados (PPA), prácticamente similares a los planes de pensiones con la diferencia fundamental de que se encuentran instrumentalizados en un seguro en lugar de en un fondo de pensiones.
- las Entidades de Previsión Social Voluntaria (EPSV), que son equivalentes a los planes de pensiones pero solo disponibles para los residentes en el País Vasco.
- los Planes Individuales de Ahorro Sistemático (PIAS)
- los fondos de inversión o productos tipo Unit Link
- los seguros de ahorro tradicionales
Para diferenciar entre los planes de pensiones y los planes de jubilación, conociendo que son productos diferentes con importantes diferencias, a continuación vamos a analizar las principales características de ambos:
- Los planes de pensiones son un vehículo de ahorro a largo plazo cuya principal finalidad es la de generar un ahorro del que disponer en el momento de la jubilación. Los planes de pensiones se materializan en fondos de pensiones. Las prestaciones tendrán carácter privado y nunca serán sustitutivas de las del régimen de la Seguridad Social. Los planes de jubilación son seguros de vida con un fuerte componente de ahorro, y que suelen cubrir las contingencias de jubilación, invalidez y fallecimiento. Estos productos pueden contratarse a prima periódica e incluso única, podemos encontrar opciones con rentabilidad fija mínima o que invierten en renta variable a través de cestas de inversión.
- La liquidez de los planes de pensiones está restringida a que se produzca alguna de las contingencias o situaciones contempladas en la ley: jubilación, incapacidad laboral, dependencia, enfermedad grave, desempleo de larga duración o fallecimiento (en este caso en favor de beneficiarios o herederos legales), así como varios supuestos adicionales de liquidez. A diferencia de los planes de pensiones, los planes de jubilación sí permiten la cancelación o el rescate parcial según las condiciones recogidas en la póliza.
- La rentabilidad que los planes de jubilación pueden ofrecer es una rentabilidad mínima garantizada y un sistema de participación en beneficios o rentabilidad adicional. Mientras que los planes de pensiones suelen llevar implícito un menor nivel de riesgo. Podemos entenderlos como productos de un perfil más conservador. Los planes de jubilación son productos de ahorro más conservadores y algunos planes de pensiones (planes de pensiones garantizados) también pueden ofrecer una rentabilidad mínima.
- La fiscalidad de estos productos la debemos analizar bajo dos situaciones:
- a) Fiscalidad de las aportaciones. Los planes de pensiones son productos cuyas aportaciones anuales, con un límite (desde 1 de enero de 2022) de 1.500 euros, están fiscalmente incentivadas. Existe además la posibilidad de realizar aportaciones a favor de partícipes con discapacidad o a favor del cónyuge con el límite de 1.000 euros anuales, siempre que éste no tenga ingresos anuales superiores a los 8.000 euros.
En el caso de los planes de jubilación no existen beneficios fiscales en el momento de la aportación. - b) Fiscalidad de las prestaciones
Las prestaciones de los planes de pensiones tendrán la consideración, cualquiera que sea la contingencia, la forma de la prestación (capital o renta) o supuesto que motive su rescate, de rendimientos del trabajo y como tales se tributará en el IRPF.
De manera transitoria, las aportaciones anteriores a 31/12/2006 que se perciban en forma de capital gozarán de una reducción del 40% siempre que se rescaten dentro del plazo establecido (un máximo de dos ejercicios fiscales desde el acaecimiento de la contingencia a partir de 2015).
En el caso de planes de jubilación, la fiscalidad de las prestaciones (tributan por el rendimiento, que es la diferencia entre el capital percibido y las primas satisfechas) derivadas de los planes de jubilación queda sometida al ámbito del IRPF cuando el tomador y el beneficiario es la misma persona. Si no es así, el impuesto al que quedan sujetas es al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).
En el caso del IRPF la tributación de planes de jubilación varía en función de la modalidad de disposición del capital asegurado si bien en todos los casos dichos rendimientos se considerarán rendimientos de capital mobiliario integrándose en la base imponible del ahorro.
En rescates en forma de capital y en los contratos formalizados antes de 20 de enero de 2006 se puede compensar fiscalmente por la eliminación de las reducciones del 40% al 75% si el rendimiento se ha generado en más de 2 años desde el pago de la primera prima.
Cuando se tenga la opción de recuperar lo invertido recuperarlo vía renta vitalicia el rendimiento a integrar en renta del ahorro será el resultado de multiplicar la renta anual percibida por un determinado porcentaje en función de la edad del perceptor en el momento de constitución de la renta. En rescates en forma de renta temporal el porcentaje dependerá de la duración de la renta.
En Ados Broker, correduría de seguros de Gestofía Rincón, te ofrecemos asesoramiento para tus ahorros para que contrates el plan que mejor se adapta a ti.
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