El Kit Digital: qué es, cómo aprovecharlo y cómo tributa en la Renta

El Kit Digital es una de las ayudas más relevantes lanzadas por el Gobierno de España para impulsar la digitalización de autónomos y pymes. Financiado con fondos europeos Next Generation EU y gestionado por Red.es, este programa facilita la incorporación de soluciones tecnológicas a coste prácticamente cero para el beneficiario. Pero, como toda subvención, también tiene implicaciones fiscales. Aquí te explicamos qué es, cómo funciona y cómo debe declararse correctamente en el IRPF.

¿Qué es el Kit Digital?

El Kit Digital es una subvención pública no reintegrable destinada a implantar soluciones digitales (como páginas web, tiendas online, ciberseguridad, gestión de clientes o factura electrónica) en pequeños negocios. El beneficiario no recibe directamente el dinero, sino un «bono digital» que se utiliza para pagar a un agente digitalizador.

Dependiendo del tamaño de la empresa o del autónomo, el importe puede variar:

  • Autónomos y microempresas (hasta 2 empleados): hasta 2.000 €
  • Empresas de 3 a 9 empleados: hasta 6.000 €
  • Empresas de 10 a 49 empleados: hasta 12.000 €

¿Cómo tributa el Kit Digital en la Renta?

  1. ¿Se declara en el IRPF o Impuesto de Sociedades?
    Sí. Toda subvención pública debe integrarse como ingreso en la actividad económica, ya que así lo establece la normativa fiscal. Sin embargo, lo que marca la diferencia en este caso es que no supone un coste fiscal adicional gracias a su neutralidad contable:
    • Se registra un ingreso por el importe de la ayuda.
    • Se registra un gasto deducible del mismo importe, al tratarse de una inversión en servicios digitales.
    Esto significa que el resultado neto es nulo y no incrementa la base imponible ni en el IRPF (para autónomos) ni en el Impuesto sobre Sociedades (para pymes).
    Ejemplo práctico:
    Un autónomo recibe un bono digital de 2.000 € y contrata una página web por ese mismo importe. El ingreso y el gasto se compensan. Resultado fiscal: 0 €. No paga más IRPF por ello.
  2. ¿Cuándo se declara?
    El ingreso debe recogerse en el ejercicio fiscal en que se devengue el gasto subvencionado, es decir, cuando se ejecuta el servicio contratado, no necesariamente cuando se concede la ayuda.
    Por ejemplo: Si recibes el bono en 2023, pero usaste el servicio en 2024 → se declara en la renta de 2024.
  3. ¿Cómo se refleja en la declaración?
    Para autónomos:
    • En Renta WEB, dentro de «Rendimientos de actividades económicas».
    • Se anotan los ingresos por subvención y el gasto deducible en las casillas correspondientes.
    • Es clave asegurarse de que ambos importes coinciden para evitar tributar indebidamente.
    Para sociedades:
    • Se registran tanto en la contabilidad como en el Modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades.
    IVA y facturación del Kit Digital
    • La subvención del Kit Digital no está sujeta a IVA, pero los servicios contratados sí lo están (habitualmente al 21 %).
    • Este IVA soportado es deducible trimestralmente mediante el Modelo 303.
    • Es importante conservar las facturas del agente digitalizador para justificar adecuadamente la deducción.

Ventajas clave del Kit Digital para autónomos

  1. Digitalización sin inversión inicial: Acceso a herramientas tecnológicas financiadas.
  2. Competitividad y eficiencia: Mejora de procesos, marketing y presencia online.
  3. Impacto fiscal neutro: No genera impuestos adicionales si se declara correctamente.
  4. Deducción del IVA: Posibilidad de recuperar el IVA soportado en los servicios contratados.

El Kit Digital es una herramienta muy útil para modernizar cualquier negocio sin necesidad de grandes desembolsos. Aunque se integra como ingreso en la declaración fiscal, su correcta gestión asegura neutralidad tributaria. Eso sí, conviene llevar una contabilidad clara y bien organizada para reflejar el ingreso y el gasto de forma sincronizada.

Si eres autónomo y has recibido esta ayuda o estás a punto de hacerlo, te recomendamos consultar con GESTORIA RINCON para evitar errores en la declaración de la renta. Aprovecha los beneficios del Kit Digital, sin sustos con Hacienda.