Desde Gestoría Rincón te recomendamos de que si ya has agotado el derecho a prestación por desempleo (el paro) y tienes más de 52 años, puedes solicitar el subsidio para mayores. Hasta ahora esta ayuda se reservaba sólo para aquellos que habían cumplido los 55 años. Pero con la entrada en vigor en marzo de la ley de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en el trabajo, la edad mínima para poder solicitarla se ha rebajado en tres años.
Otras novedades que plantea esta nueva ayuda, además de la edad mínima, es que la base mínima de cotización pasa a ser del 125% en vez del 100%, que podrá percibirse hasta que se cumpla la edad ordinaria de jubilación si no se encuentra un trabajo, y que todos los beneficiarios cobrarán la totalidad de la ayuda aunque provengan de un trabajo a tiempo parcial (hasta ahora solo percibían un porcentaje).
La cuantía del subsidio ha quedado establecida en el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que para 2019 es de 430,27 euros mensuales. Estos son los requisitos de debes cumplir para poder solicitarla, bien en la oficina de empleo que te corresponda, a través de la web del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o en cualquier oficina de registro público.
¿Qué requisitos debes cumplir?
En primer lugar, estar desempleado e inscrito como demandante de empleo durante un mes después de que se agote la prestación que estabas percibiendo. Y no haber rechazado ninguna oferta de colocación ni acción de formación profesional durante ese mes.
También es imprescindible que hayas cotizado por jubilación al menos 15 años (dos de los cuales deben estar dentro de los últimos 15 años). Y tener acumulado al menos 6 años de cotizaciones por desempleo.
Además, por supuesto, de tener 52 años o más en el momento de solicitar la ayuda, y encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:
- Haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo.
- Ser emigrante que ha retornado a España (debes haber trabajado en el extranjero como mínimo 12 meses en los últimos seis años en países no pertenecientes a la Unión Europea y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo).
- Ser liberado de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo.
- Haber sido declarado plenamente capaz o persona con incapacidad permanente parcial como consecuencia de un expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, incapacidad permanente absoluta o incapacidad permanente total para la profesión habitual.
- Estar en situación legal de desempleo y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo, habiendo cotizado por desempleo, al menos, entre 90 y 359 días.
¿Qué documentación te van a pedir?
De forma general, esta es la documentación que te van a pedir para poder solicitar el subsidio:
-Modelo oficial de solicitud de subsidio por desempleo.
-Identificación: Para españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte. Para extranjeros de la UE residentes en España: Certificado de registro de ciudadano/a de la Unión Europea, en el que consta NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen. Para extranjeros fuera de la UE residentes en España: Tarjeta de Identidad de Extranjero/a (TIE) en la que consta el NIE y el pasaporte.
-Documento bancario en el que figure el número de cuenta de la que seas titular y donde desees percibir la prestación.
-Justificante de rentas (solamente si el SEPE lo solicita). Para mantener el derecho al subsidio hay que presentar cada doce meses la declaración de la renta al SEPE para justificar que se sigue sin tener ingresos propios. El solicitante debe acreditar que sus rentas no exceden los 675 euros mensuales.
Puedes presentar esta documentación en un plazo máximo de 15 días hábiles después de cumplir el plazo de espera de un mes o bien después de acreditar situación legal de desempleo por haber cesado involuntariamente en un trabajo.
Mi mujer cumple 52 el mes septiembre y fue a informarse, tiene 17 años cotizado y le dicen que para cobrar la ayuda tiene que cotizar 3 meses, cosa que no entendemos.
El trámite de la jubilación tarda 3 meses, es por eso que te habrán dicho que tienes que cotizar tres meses.
Un saludo
Sabéis si el Sepe para ayuda mayores de 52 años. aplica al capital que se tiene un 3% de interes, y lo considera como ingreso.
La ayuda para mayores de 52 años, sin derecho a subsidio de paro es de 432€ mensuales. Si existieran incrementos los determinará el gobierno en los presupuestos del Estado.
No tengo claro cuando hay que solicitar la ayuda para mayores de 52. EN LO REFERENTE A UN MES DE ESPERA. Por ejemplo si termino de cobrar la prestacion el 30 de abril. Tengo que esperar a partir de esa fecha un mes y luego tengo 15 dias para solicitar . es asi?
Hola Andrea. Es correcto. Es así pero son normas del SEPE
Saludos
Acabo de terminar el subsidio de 45 y tengo 52 años, que tengo que hacer pará seguir adelante con el subsidio
Cumplir con todos los requisitos y acudir a su oficina de prestaciones. Si tiene más dudas estaremos encantados de ayudarle en nuestras oficinas. Un saludo
Buenas tarde, estoy terminando( 3 años alternos)de cobrar un RAI , y he cumplido 52 años en este año, tengo entendido que hay una prestación que durará más,hasta la jubilación..Como tengo que hacer..? Muchas gracias
Hola Luis, te agradeceríamos nos dejases algún teléfono para poder contactar contigo y aclararte tus dudas.
Un saludo1
Hola, yo cobro 432 euros de prestación por desempleo pero tengo cotizados 10 años en el mismo trabajo lo que pasa es que los últimos 3 meses fue de muy pocas horas. En el 2023 me sube la prestación? Tengo concedidos 20 meses de paro.luego podré pedir el subsidio? Tendré 60 años cuando termine mi paro. Gracias
Hola Soledad, te agradeceríamos nos dejases algún teléfono para poder contactar contigo y aclararte tus dudas.
Un saludo!
Tengo 52 años y 11 años y 4 meses trabajados,porque no puedo pedir la ayuda no contributiva?
Hola María Dolores, te agradeceríamos nos dejases algún teléfono para poder contactar contigo y aclararte tus dudas.
Un saludo!