Si sufrimos un accidente de tráfico y nuestro vehículo se ve afectado, cumpliendo con lo que establece el el artículo 16 de la Ley del Contrato del Seguro, salvo que en tu póliza tengas pactado explícitamente un plazo más amplio, el tiempo máximo para avisar es de 7 días desde que tienes conocimiento del accidente.
Una vez comunicado el accidente, la entidad aseguradora realizará una valoración de los daños para decidir si conviene o no repararlo e informará al respecto.
Esta situación se nos puede plantear en cualquier momento de la vida útil del vehículo, pero suele ser más crítica en los casos con vehículos entrados en años, cuyo valor venal suele ser inferior al coste de reparación.
¿Qué es el Valor Venal del Vehículo?
El valor venal se calcula aplicando unas tablas de depreciación que tiene en cuenta, por ejemplo, años de uso, marca o modelo del vehículo y no tendrán en cuenta otros aspectos importantes como el kilometraje.
Dicho valor no tiene nada que ver del coste de vehículo cuando se adquirió, sino más bien se trata del valor actual del vehículo en el mercado. Una vez valorado el daño, la aseguradora puede declarar el caso como siniestro total.
¿Qué es siniestro total?
Esto significa que la entidad aseguradora considera que el coste de reparación es igual o superior al valor venal del vehículo, por lo que estima antieconómico proceder al arreglo.
Si esto ocurre la entidad aseguradora ofrecerá una compensación monetaria basada en el valor del vehículo en la fecha del accidente.
En el supuesto en el que declaren el coche como siniestro total, no siempre estarás obligado a aceptar el valor propuesto por la aseguradora. Lo estarás si el culpable del accidente has sido tú y tienes un seguro a todo riesgo (recuerda que si no tienes este tipo de cobertura y tú has sido el culpable, tendrás que asumir el coste de la reparación).
Existe alguna excepción a esta situación de tener que aceptar la indeminización del valor venal ofrecido por la entidad aseguradora y será en aquellos casos en que la reparación no supere el triple del valor del vehículo.
En este caso deberás avisar a la entidad aseguradora sobre la intención de reparar, lo que implicará tener que anticipar el pago de la reparación y a posteriori la entidad proceda a reembolsar el importe de la factura.
Si se opta por no reparar antes de aceptar el importe ofrecido por una aseguradora, es aconsejable consultar con un experto especializado en esta materia para que nos asesore y así conseguir la indemnización más acorde a nuestra realidad.
En Ados Broker, correduría de seguros de Gestoría Rincón, estamos a tu disponibilidad para aclararte cualquier duda y además, encontrar el mejor seguro para tu vehículo.
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