¿Qué es la jubilación forzosa y cuáles son las diferencias con la jubilación anticipada?

Sabemos que no es fácil entender el tema de la jubilación. Por eso, desde Gestoría Rincón vamos a mostraros que puede resultar sencillo.

Hasta el año 2012, para poder jubilarse con 65 años, se exigían 35 cotizados y los últimos 15 debían ser inmediatamente anteriores. Esto cambió en el año 2013, y a partir de entonces tanto los años de cotización, como la fecha de jubilación han ido aumentando.

A día de hoy, año 2018, para poder jubilarse con 65 años se exigen 36 años y 6 meses o más cotizados, y 21 años han de ser inmediatamente anteriores.

En 2019 esta situación variará; serán necesarios 36 años y 9 meses o más para poder jubilarse con 65. Los años cotizados inmediatamente anteriores a la solicitud de jubilación serán 22.

A continuación vamos analizar la diferencia de ambas situaciones en las que nos podemos encontrar, con dos ejemplos:

-Jubilación forzosa a los 61 años en 2018

Juan Antonio tiene 62 años. Lleva trabajando en Telas y Pliegues, SL 33 años. La empresa ha quebrado, y ha sido despedido. En este caso, al tratarse de un despido por causas económicas, puede acogerse a la jubilación forzosa.

Para poder acceder a ella, debe ser demandante de empleo durante al menos 6 meses, y que esta situación venga propiciada por un despido colectivo, un despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, por resolución judicial, por fuerza mayor, por muerte o jubilación del empresario y por violencia de género. Además, debe haber cotizado 33 años, y tener hasta cuatro años menos de los exigidos para jubilarte legalmente.

Debes saber que, si accede a esta modalidad de jubilación, se le aplicará una penalización en su base reguladora por acceso anticipado, que hará que su pensión se vea reducida.

Los coeficientes reductores son los siguientes:

– Jubilación voluntaria anticipada

Mikel acaba de cumplir 63 años, y lleva trabajando toda su vida (más de 37 años) en La Vaca Lechera, SL. Está pensando en que ya ha llegado la hora de dejar todo e irse a vivir a Zahara de los Atunes.

Como dos de los años cotizados se encuentran comprendidos en los 15 inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación, Mikel puede acceder a esta modalidad. Además, acredita una cotización de 36 años y 6 meses.

Tendrá que tener en cuenta que jubilarse anticipadamente, tiene su correspondiente penalización:

Muy importante: 

-Debes saber que, si has hecho el servicio militar o la prestación sustitutoria, estos años cuentan como cotizados.

-Si te jubilas de manera ordinaria, únicamente cuenta el periodo que exceda del obligatorio.

Si quieres saber cuantos años necesitas cotizar para poder jubilarte cuando hagas 65 años, puedes consultar esta tabla: