Procedimiento y costes asociados a la herencia de un vehículo

Heredar un vehículo puede ser un proceso complejo si no se conocen los pasos legales y administrativos necesarios. Este artículo desglosa las gestiones obligatorias, los impuestos a pagar y un ejemplo práctico para comprender el impacto económico de este trámite.

Cambio de titularidad en la DGT: una obligación ineludible

El cambio de titularidad en la Dirección General de Tráfico (DGT) es el trámite fundamental tras la aceptación de una herencia que incluya un vehículo. Este procedimiento requiere una cita previa, la presentación de diversa documentación y el pago de tasas obligatorias. En 2025, las tarifas correspondientes son:

  • 55,70 euros para coches.
  • 27,85 euros para ciclomotores.
  • Un suplemento de 8,67 euros en vehículos procedentes de Canarias, Ceuta, Melilla o Baleares.

Para realizar el cambio de titularidad, el heredero debe presentar:

  1. Certificado de defunción del titular.
  2. Testamento o declaración de herederos que identifique al beneficiario del vehículo.
  3. Acuerdo entre herederos designando al adjudicatario del coche.
  4. Justificante de liquidación o exención del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
  5. Ficha técnica y permiso de circulación del vehículo.
  6. DNI del heredero adjudicatario.

Impuestos: Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) también se aplica a los vehículos heredados. Este se calcula con base en el valor venal del coche, según tablas oficiales, y su importe varía según la comunidad autónoma. Por ejemplo, para un coche con un valor de 9.000 euros, el ITP podría oscilar entre el 4% y el 8%, dependiendo de la legislación regional, suponiendo un coste entre 360 y 720 euros.

Consideraciones adicionales: ITV y seguro obligatorio

Tras completar el cambio de titularidad, es imprescindible verificar que el vehículo cumple con los siguientes requisitos para su circulación:

  1. Inspección Técnica de Vehículos (ITV): Circular sin ITV vigente puede implicar sanciones de 200 euros, reducibles a 100 euros por pronto pago.
  2. Seguro obligatorio a nombre del nuevo titular: La ausencia de un seguro puede conllevar multas entre 601 y 3.005 euros.

Ejemplo práctico: herencia de un coche valorado en 9.000 euros

Supongamos que un heredero acepta un vehículo con un valor venal de 9.000 euros. El desglose de costes podría ser el siguiente:

  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): 4% a 8% del valor, entre 360 y 720 euros.
  • Tasa de cambio de titularidad en la DGT: 55,70 euros.
  • ITV (si aplica): Aproximadamente 50 euros.
  • Seguro obligatorio (primer pago anual): Dependiendo de la aseguradora, entre 300 y 600 euros.

Coste total estimado: entre 765,70 euros y 1.425,70 euros, dependiendo de la comunidad autónoma y otros factores.

Aunque no existe un plazo estricto para realizar el cambio de titularidad, la demora puede ocasionar sanciones y complicaciones legales. La DGT recomienda efectuar los trámites con celeridad tras la aceptación de la herencia para evitar posibles inconvenientes.

En GESTORÍA RINCÓN, contamos con la experiencia y los recursos necesarios para gestionar todos los trámites relacionados con la herencia de vehículos. Nuestro equipo está disponible para asesorarte y facilitar el proceso de forma eficiente y personalizada. No dudes en contactarnos para recibir atención profesional en este asunto.

 

 

 

 

 

 

 

 

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