Quedan tres meses para cerrar el año: lo que tu empresa debería revisar ahora en septiembre

Septiembre es el mejor momento para planificar el cierre fiscal de 2026. No diciembre, cuando ya es tarde para muchas decisiones. No enero, cuando todo ya ha pasado. Ahora — con tres meses por delante y el último cuatrimestre por empezar — es cuando todavía hay margen para actuar.

Estas son las áreas que conviene revisar antes de que llegue octubre.

La contabilidad al día

Si el verano ha dejado facturas sin registrar, septiembre es el momento de ponerse al día. Llegar a octubre con tres meses de operaciones sin contabilizar es el error más habitual — y el que más complica el cierre. Las facturas emitidas y recibidas de julio, agosto y septiembre deben estar registradas antes de presentar el tercer trimestre, cuyo plazo vence el 26 de octubre en Bizkaia.

Las deducciones que se pierden si no se actúan antes de diciembre

Hay deducciones que solo se generan si se actúa dentro del ejercicio. Invertir en equipamiento, contratar personal, implantar medidas de conciliación, hacer aportaciones a EPSV o a planes de pensiones — todo esto tiene que estar ejecutado antes del 31 de diciembre para poder aplicarse en la renta o en el IS de 2026. Esperar a enero significa perder esa oportunidad.

Septiembre es el momento de revisar qué inversiones o decisiones pendientes pueden tener impacto fiscal este año, y planificarlas con tiempo suficiente para ejecutarlas correctamente.

La estimación del resultado del año

Con nueve meses cerrados, ya hay datos suficientes para estimar cómo va a terminar el ejercicio. Para un autónomo en estimación directa, eso permite calcular si el pago fraccionado del cuarto trimestre va a ser relevante o no. Para una empresa, permite anticipar si habrá beneficio — y por tanto IS a pagar — o si hay margen para tomar decisiones que ajusten ese resultado antes del cierre.

Conocer el resultado provisional ahora da tiempo para actuar. Descubrirlo en enero no sirve de nada.

Las retenciones y la nómina del último trimestre

Octubre, noviembre y diciembre son los meses en que más se concentran las pagas extra y las revisiones salariales. Conviene revisar ahora que las retenciones de IRPF practicadas durante el año están bien calculadas — una desviación importante puede corregirse en el último trimestre, pero no después.

Si hay contratos temporales que vencen antes de fin de año o altas y bajas de personal pendientes de gestionar, también es el momento de tenerlo ordenado antes de que la actividad del cuarto trimestre lo complique.

El cumplimiento normativo: lo que puede generar problemas si no se revisa

Septiembre es también el momento de revisar si hay obligaciones de cumplimiento que han quedado pendientes durante el año: actualización del Plan de Prevención de Riesgos Laborales si ha habido cambios en la plantilla o en las condiciones de trabajo, revisión de contratos si hay cláusulas que deban actualizarse, o comprobación de si se cumplen los nuevos requisitos normativos que han entrado en vigor en 2026.