La Seguridad Social puede quitar parte de la pensión o pedir la devolución por rescatar un plan de pensiones

La Seguridad Social advierte a los pensionistas sobre las consecuencias de rescatar un plan de pensiones, ya que esto podría resultar en la pérdida del complemento a mínimos y, en algunos casos, la obligación de devolver parte de la pensión por cobros indebidos.

Este riesgo se fundamenta en una reciente sentencia del Tribunal Supremo, la STS 5275/2023, que establece que al rescatar un plan de pensiones, la totalidad de la cuantía debe considerarse como rendimientos de trabajo en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del año correspondiente.

Las pensiones mínimas, diseñadas para garantizar ingresos a personas con bajas bases de cotización, se ven afectadas si no se cumplen los requisitos para su percepción. El complemento a mínimos se suma a estas pensiones contributivas para alcanzar la cuantía mínima establecida por la Seguridad Social. Sin embargo, rescatar un plan de pensiones puede hacer que el jubilado pierda este complemento si la suma rescatada supera el límite establecido en los Presupuestos Generales del Estado.

Es crucial destacar que, en caso de exceder el umbral de ingresos mínimos, la Seguridad Social retirará el complemento a la pensión y, dependiendo de la situación, el pensionista podría estar obligado a devolver cantidades cobradas indebidamente. A pesar de esto, el complemento a mínimos no se pierde permanentemente y puede ser restablecido cuando el pensionista vuelva a cumplir con los requisitos establecidos por la Seguridad Social.

La sentencia del Tribunal Supremo, emitida en noviembre de 2023, destaca un caso en el que un pensionista perdió el complemento a mínimos y tuvo que devolver parte de la pensión debido a ingresos excesivos, derivados del rescate de un plan de pensiones. El Alto Tribunal sostiene que la interpretación literal de la normativa relevante, especialmente el artículo 59.1 LGSS modificado por la Ley 27/2011, establece que los rendimientos del trabajo, capital, actividades económicas y ganancias patrimoniales deben ser interpretados según la legislación tributaria del IRPF, incluyendo el capital rescatado del plan de pensiones.

En resumen, los pensionistas que estén considerando rescatar un plan de pensiones deben ser conscientes de los riesgos asociados, especialmente en relación con el complemento a mínimos.

¿Qué es el complemento a mínimos?

El complemento a mínimos es un suplemento que se añade en la pensión, ya sea por jubilación, incapacidad permanente o viudedad para que las prestaciones más bajas alcancen la cuantía mínima establecida. Para acceder a él es necesario que los beneficiarios cuenten con ingresos inferiores a los 8.941,33 euros en el caso de no tener cónyuge a cargo y 10.429,82 euros anuales en el caso de tener un cónyuge a cargo.

Es fundamental verificar los límites de ingresos mínimos establecidos por la Seguridad Social y, en caso de duda, buscar asesoramiento profesional en Gestoría Rincón.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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