Te han estafado por internet y has perdido dinero: ¿sabías que puedes declararlo en la renta?

Las estafas digitales se han disparado en 2026. Correos falsos de Hacienda, SMS que suplantan a bancos, llamadas que prometen devoluciones del IRPF… Cada año más personas pierden dinero por este tipo de fraudes, y la mayoría no sabe que existe una vía para recuperar parte de ese dinero a través de la declaración de la renta.

La Dirección General de Tributos aclaró en una consulta vinculante que el dinero perdido en una estafa online puede declararse como pérdida patrimonial en el IRPF. La respuesta es sí — pero con requisitos concretos que conviene conocer.

Cómo funciona: una pérdida patrimonial en la base general

Cuando se pierde dinero por una estafa, esa pérdida puede incluirse en la declaración de la renta como pérdida patrimonial integrada en la base imponible general. Eso significa que reduce la base sobre la que se calcula el impuesto — y por tanto, lo que se paga.

La pérdida se declara en el ejercicio en que se produjo la estafa, no cuando se resuelve el procedimiento judicial. Si el fraude ocurrió en 2025, se incluye en la renta de 2025 — la que se presenta en 2026.

El requisito fundamental: documentación desde el primer momento

No basta con haber sido estafado. La DGT es clara: la pérdida debe estar justificada documentalmente. Sin documentación, Hacienda no la acepta.

Lo mínimo imprescindible es haber interpuesto una denuncia formal ante la Policía o la Guardia Civil, conservar los justificantes bancarios que acreditan el cargo o la transferencia, y tener capturas u otros elementos que demuestren cómo se produjo el fraude.

Conviene adjuntar esa documentación en el apartado de «documentación complementaria» al presentar la declaración. Hacerlo de forma preventiva reduce el riesgo de que Hacienda cuestione la pérdida posteriormente.

Un matiz importante: cuando se puede identificar al estafador

Si se puede identificar al autor de la estafa, la situación es diferente. En ese caso, Hacienda considera que existe un derecho de crédito frente al estafador — es decir, que técnicamente se puede reclamar el dinero — y no reconoce la pérdida hasta que quede acreditado que esa reclamación es imposible, normalmente mediante un auto judicial que declare la insolvencia del responsable.

Cómo afecta a la declaración

La pérdida por estafa va a la base imponible general y compensa en primer lugar con ganancias no derivadas de transmisiones — como premios o indemnizaciones. Si todavía queda saldo negativo, puede compensarse con hasta el 25% de las demás rentas generales: salario, pensión, alquileres… Lo que no se pueda compensar en ese ejercicio puede arrastrarse a los cuatro ejercicios siguientes.

Eso sí: si más adelante se recupera el dinero — porque el banco lo reintegra o se gana un juicio — hay que declararlo como ganancia patrimonial en el ejercicio en que se recibe y pagar los impuestos que en su momento se ahorraron.

Lo que conviene hacer ahora

Si has sido víctima de una estafa online, actúa rápido: presenta la denuncia cuanto antes y guarda toda la documentación desde el primer momento. Cuanto antes quede constancia oficial del fraude, mejor posición tendrás para incluir la pérdida en la renta.

imagen generada por ia