Si tienes trabajadores a tu cargo, esta normativa te afecta directamente. El Gobierno lleva meses tramitando un Real Decreto que obligará a todas las empresas —sin excepción por tamaño ni sector— a implantar un sistema digital de control horario. La publicación en el BOE puede llegar en cualquier momento, y el plazo de adaptación que se baraja es de solo 20 días.
¿No tengo ya obligación de registrar la jornada?
Sí, desde 2019. El artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores obliga a todas las empresas a registrar diariamente la hora de entrada y salida de cada trabajador. Pero hasta ahora, el papel y las hojas de Excel eran válidos si cumplían ciertos requisitos. Eso está a punto de cambiar.
¿Qué cambia exactamente con la nueva norma?
El nuevo Real Decreto introduce varios cambios relevantes:
Fichaje digital obligatorio. Los métodos en papel o en hojas de cálculo quedarán prohibidos. Solo serán válidos los sistemas electrónicos de fichaje.
Acceso remoto para la Inspección de Trabajo. La Inspección podrá acceder de manera telemática a los registros, incluso en tiempo real.
Registros inalterables. Cualquier modificación en el registro debe dejar un rastro digital inmutable: quién hizo el cambio, cuándo y por qué.
Sanciones por trabajador afectado. Las multas pasan a calcularse individualmente por cada empleado con registro incorrecto o inexistente.
Horas extra registradas. Deberá indicarse si se compensan con salario o con descanso.
Restricción de biometría. Se limita el uso de huella dactilar o reconocimiento facial si existen métodos menos invasivos.
¿Cuándo entra en vigor?
Esta es la pregunta clave, y aquí hay que ser honestos: la fecha definitiva todavía no está publicada en el BOE. Lo que sí se sabe es que la tramitación está muy avanzada y que, una vez aprobado, el plazo para adaptarse sería muy corto. No es momento de esperar.
¿Qué necesito para cumplir?
Básicamente, un software o aplicación de fichaje que cumpla estos requisitos: registro digital con trazabilidad, imposibilidad de manipulación, acceso para la Inspección de Trabajo y conservación de datos durante cuatro años. Existen soluciones en el mercado para todos los tamaños de empresa, incluyendo opciones gratuitas para negocios pequeños.
Lo importante es revisar si tu herramienta actual cumple, o si necesitas cambiar de sistema. No todos los programas existentes van a ser válidos con la nueva normativa.
¿Y si no cumplo?
El incumplimiento del actual registro de jornada ya es sancionable por la Inspección de Trabajo. Con la nueva norma, las sanciones se endurecen y se calculan por trabajador, lo que puede suponer importes considerables para empresas con varios empleados. Además, en una inspección, la ausencia de registros digitales correctos puede agravar otras infracciones laborales.
¿Afecta a los autónomos sin trabajadores?
No. Si trabajas solo, sin empleados a tu cargo, esta obligación no te afecta. La norma se aplica únicamente a quienes tienen trabajadores contratados.
Si tienes trabajadores y no estás seguro de si tu sistema de fichaje actual cumplirá con la nueva normativa, consúltanos. En Gestoría Rincón te ayudamos a revisar tu situación y a prepararte para el cambio antes de que llegue la obligación. Llámanos al 946 76 19 16 o escríbenos a info@gestoriarincon.es.
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